La sostenibilidad y el respeto al medio ambiente son ahora más importantes que nunca. Con la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, España ha establecido nuevos criterios que las empresas deben cumplir para contribuir a la lucha contra el cambio climático. Aquí te explicamos de manera clara y directa a qué empresas afecta esta normativa y qué deben hacer.

Contratación pública y sostenibilidad

La ley establece que en la contratación pública se deben incluir criterios de reducción de emisiones y de huella de carbono dirigidos a la lucha contra el cambio climático. Esto significa que cualquier entidad pública que contrate servicios o productos deberá tener en cuenta la reducción de los impactos ambientales y la eficiencia energética.

Modificación del Real Decreto 163/2014

Aunque el Real Decreto 163/2014 aún no ha sido modificado oficialmente, el proyecto de Real Decreto establece que deberán calcular su huella de carbono y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero las siguientes empresas:

  • Empresas que formulen cuentas consolidadas y cumplan los requisitos de la Ley 11/2018:
    • Tener más de 500 empleados.
    • Cumplir al menos dos de estos criterios:
      • Activo consolidado superior a 20.000.000 euros.
      • Cifra anual de negocios consolidada superior a 40.000.000 euros.
      • Tener más de 250 empleados.

Obligaciones en Euskadi

¿Y qué pasa en Euskadi? La Ley 1/2024 de Transición Energética y Cambio Climático en Euskadi establece que varios sectores específicos deberán calcular su huella de carbono y elaborar un plan para reducirla. Estos sectores son:

  • Gestión de residuos
  • Tratamiento de aguas
  • Instalaciones industriales
  • Comercio y turismo
  • Ganadería, agricultura, y pesca

Además, deberán reducir su huella de carbono a cero o negativa si es técnica y económicamente viable.

Contratación en Euskadi

Los órganos de contratación en Euskadi deberán incluir en los pliegos de condiciones la obligación de disponer de la huella de carbono para productos, servicios y suministros.

Reglamentaciones Pendientes

Todavía no se han publicado los detalles reglamentarios que especificarán:

  • Las instalaciones afectadas.
  • El alcance del cálculo de la huella de carbono.
  • El contenido mínimo del plan de reducción.
  • El plazo para la redacción del plan y la frecuencia de su actualización.

¿Está tu empresa preparada para adecuarse a la legislación contra el cambio contra el cambio climático? Contacta con nuestro equipo de medioambiente y sostenibilidad y resolveremos todas tus dudas.